Jaime Bassa es un abogado constitucionalista, que con su intervención en la Comisión de Derechos Humanos del Senado, este miércoles, dio bastante que hablar.

En la oportunidad, el también director del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de Valparaíso, se refirió al Estado de Excepción y a los acontecimientos protagonizados por los militares, a quienes se les acusa de actuar con extrema violencia.

“Lo que estamos viendo hoy día en las calles, es violencia estatal de facto, que no tiene absolutamente ningún respaldo normativo para las facultades que están ejerciendo los jefes militares. El Estado de Excepción que ha sido declarado, es el Estado de Emergencia, que solo habilita por expreso mandato constitucional al Presidente, ojo, solo al Presidente, a limitar el ejercicio de la libertad de locomoción y la libertad de reunión. La habilitación constitucional es al Presidente de la República, no al jefe de zona”, explicó.

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Junto a lo anterior, especificó que “eso quiere decir, primero, que tiene que haber un acto normativo del Presidente de la República, que delegue sus facultades constitucionales de Excepción en el jefe de zona militar o naval respectivo. Eso no ha ocurrido”.

El experto, añadió que de facto, hemos visto restricciones a la libertad de prensa, a la libertad a emitir opinión, al derecho a manifestarse pacíficamente desde los hogares. “Hay personas que están siendo detenidas en lugares no habilitados por ley, hay hogares que son allanados, hay personas que son arrestadas desde sus hogares sin habilitación legal”, dijo.

“De facto, lo que estamos viendo, es que la autoridad militar está actuando como si estuviéramos en Estado de Sitio sin ninguna habilitación normativa y sin ningún tipo de control”, agregó Bassa.

“El Presidente no ha delegado las facultades que le confiere la Constitución. Todo lo que estamos viendo es de facto, es un Estado de Sitio de facto, sin control. Pero lo peor de todo, sin responsabilidad política, porque el sentido que tiene la exigencia constitucional de la delegación presidencial, radica precisamente en que el Presidente de la República es el responsable políticamente por lo que hace, el jefe de zona naval no, pero el Presidente sí. Es inaceptable. La Constitución es clara”, detalló.

Por otra parte, se refirió a las detenciones durante el toque de queda, asegurando que “durante el Estado de Emergencia, ni el Presidente de la República, y, por lo tanto, ningún jefe de zona militar, está autorizado para detener personas”.

¿El motivo? “La ley orgánico constitucional no tipifica como una sanción no respetar el toque de queda. No respetar el toque de queda no es un delito que esté tipificado por el Código Penal, por lo tanto, las personas no pueden ser arrestadas. Eso es ilegal”, explicó, añadiendo que solo podrían multarlas con 1 UTM ($49.229) “por contravenir las reglas que la autoridad dictó para conservar el orden público o evitar que se altere”.

Finalmente, declaró que “lo que está ocurriendo es muy grave. Estamos en una excepción dentro de la excepción y alguien tiene que controlar esto”.

Revisa a continuación la sesión realizada en el Senado y las declaraciones del experto: