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Bono por hijo: detalle de cómo funciona y los montos del beneficio

Dentro de la serie de beneficios del Instituto de Previsión Social, existe el ‘Bono por hijo’, subsidio estatal que debutó en 2009 y que se paga en la pensión de la madre.

Si bien no son una solución definitiva, los bonos ayudan a manejar a un presupuesto extra para aquellos beneficiarios que más lo necesitan. Es por ello que más de 150 mil mujeres agradecen el ser beneficiadas con esta iniciativa y muchas otras se preguntan cómo ser parte del beneficio.

[leetambien]https://front-p7.dpsgo.com/notas/actualidad/nacional/2017/07/14/bono-marzo-2017-revisa-si-eres-una-de-las-37-mil-personas-que-aun-no-cobran-el-beneficio.shtml[/leetambien]

El monto que beneficiará a cada hijo es equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, vigentes al mes de su nacimiento. Así, el monto acumula rentabilidad hasta los 65 años. El valor actual se ubica entre los $297 mil y $545 mil aproximadamente por hijo.

En esta línea, cabe señalar que desde este 1 de julio se implementó un cambio relevante en este subsidio, pues desde ahora el valor se calculará mensualmente de acuerdo al Índice de Rentabilidad del Fondo de Pensiones tipo C, y la fecha en que las madres cumplen 65 años.

En este sentido, el bono no se entrega en dinero efectivo de un sola vez, ya que se deposita en la cuenta previsional o se suma en montos parciales junto a la pensión.

¿Quiénes tienen derecho al beneficio?

Todas las mujeres con hijos nacidos vivos o adoptados y que estén pensionadas desde el 1 de julio de 2009.

¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir?

Para ser beneficiaria las madres deben cumplir alguno de estos requisitos:

A) Estar afiliadas a una AFP, sin pertenecer a otro sistema previsional en forma simultánea.

B) Ser beneficiaria de Pensión Básica Solidaria de Vejez.

C) Recibir una pensión de viudez del IPS o de las AFP, pero no estar afiliadas a un régimen previsional, siempre que además tengan derecho a Aporte Previsional Solidario.

En tanto, los obligatorios son:

D) Tener o haber tenido al menos un hijo nacido vivo o adoptado.

E) Tener 65 años de edad cumplidos.

F) Acreditar 20 años de residencia en Chile, y haber vivido en el país al menos, 4 de los últimos 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud del bono.

¿Cómo solicitar el beneficio?

La solicitud puede realizarse durante todo el año y en cualquier sucursal del IPS, AFP, o compañía de seguros, según aplique. Para ello debes reunir los documentos requeridos (cédula de identidad o poder notarial si el trámite es realizado por un representante) y dirigirte a la institución provisional correspondiente. Una vez que explique su consulta y entregue los documentos, la institución debe entregarle un comprobante de su solicitud.

Al poco tiempo, IPS resolverá si concede o rechaza el beneficio, resolución que debe ser retirada en persona o por un representante legal en los puntos de atención IPS-ChileAtiende.

IMPORTANTE: Las mujeres pensionadas de las ex Cajas no están contempladas en la Ley como beneficiarias de este bono.El valor actual fluctúa entre $297 mil y $545 mil aproximadamente por hijo.