Confirman fecha de la devolución de los excedentes de las Isapres: conoce cuándo inician los pagos
Prontamente, se llevará a cabo la devolución masiva de los saldos de excedentes de cotización de las Isapres, la cual ya tiene fecha para su realización.
Estos montos corresponden a aquellos afectados por la devolución del 31 de diciembre de 2025, conforme a lo dispuesto en la Circular IF/N°344 de la Superintendencia de Salud (SIS).
Este proceso incluirá las restituciones generadas por la aplicación de la Tabla Única de Factores (TUF), que la Corte Suprema ordenó implementar en noviembre de 2022.
Las autoridades devolverán ese dinero siguiendo el plan de pago y los ajustes establecidos en el artículo 3° de la Ley N°21.674.
¿Qué son los excedentes?
Se originan cuando la cotización legal obligatoria del 7% del afiliado supera el valor convenido en el contrato de salud.
En ese contexto, este dinero pertenecen al afiliado y, según la normativa, las instituciones deben devolverlo anualmente si no han sido utilizados en copagos o prestaciones adicionales.
La Isapre devuelve anualmente los excedentes que se generan producto del valor de los planes de salud. Es decir, el proceso corresponde a la diferencia que se genera entre el costo del contrato de salud de cada afiliado y la cotización legal obligatoria del 7% del sueldo.
Antes de la entrada en vigencia de la Ley Corta (21.674), publicada en mayo de 2024, era posible tener un plan que costara menos de este 7%, por lo que la diferencia se acumulaba como remanente en la cuenta del usuario.
La normativa estableció que, al momento de la contratación de un plan de salud, ya no se pueden ofrecer planes cuyos precios sean inferiores al valor de la cotización legal para salud de las y los afiliados.
Para aquellas personas con planes contratados antes de septiembre de 2024 y cuyo valor genere un monto de excedentes superior al 5% de lo legal, la Isapre está obligada a ofrecer la incorporación de nuevos beneficios o planes de salud alternativos durante las adecuaciones anuales.
Lo anterior, sin tener en consideración el estado de salud de la persona y sus beneficiarios.
¿Cuál es la fecha de la devolución de los excedentes de las Isapres?
Recordemos que se instruye que para aquellos que aún no hayan aceptado las propuestas voluntarias de un plan ajustado al 7%, mientras no se suscriba un nuevo plan cuyo precio mejor se aproxime al valor de su cotización legal, toda diferencia superior al 5% no generará excedentes.
“En pocas palabras, la Ley Corta de Isapres no eliminó los excedentes. Aunque sí puso ciertos límites para su acumulación, estos pueden seguir generándose por diversas razones, como si se retiran cargas del plan de salud, si hay un aumento de sueldo, con lo cual el 7% de cotización legal aumenta, si se recibe un bono de desempeño, y siempre podrán generarse excedentes“, explicó el Superintendente de Salud, Dr. Víctor Torres, sobre este proceso.
Las fechas de pagos informadas por las Isapres son las siguientes:

Finalmente, es importante que cada afiliado y afiliada:
- Revise su cuenta de excedentes en su Isapre.
- Verifique que sus datos bancarios estén actualizados para recibir el pago sin inconvenientes.
- Esté atento a las fechas de devolución, considerando que este proceso incluye dos tipos de pagos: los excedentes del proceso anual y la devolución de los cobros en exceso por Tabla de Factores, según lo establecido en el plan de pago y ajuste aprobado en la Ley Corta de Isapres.
Para entregar información precisa y oportuna, cada Isapre ha publicado los detalles en su sitio web y ha enviado comunicaciones al correo electrónico de sus afiliados con los datos actualizados.