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Eliminación del cobro del 7% en salud: el beneficio que apunta directamente a la tercera edad

Eliminación del cobro del 7% en salud: el beneficio que apunta directamente a la tercera edad
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Beneficio para la tercera edad en Chile: se elimina el cobro del 7% en salud al cotizar a través de Fonasa o Isapre, bonificado por el Estado a través del IPS. Requisitos incluyen recibir ciertas pensiones como PBS de Invalidez o APV de Vejez, y pertenecer al 80% más vulnerable en el Sistema de Pensiones. Consultas presenciales en ChileAtiende o virtualmente con ClaveÚnica.
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Uno de los beneficios más importantes para la tercera edad es la eliminación del cobro del 7% en salud, ya sea cotizando a través de Fonasa o en una Isapre.

Se trata de una anulación automática que se ve reflejada en la papeleta de pago de la pensión del adulto mayor, siempre y cuando cumpla una serie de requerimientos solicitados por el Instituto de Previsión Social (IPS).

De acuerdo a ChileAtiende, “es un beneficio no postulable y consiste en la eliminación de la obligación de pagar la cotización del 7% de salud, tanto en Fonasa como en Isapre, cuyo monto es bonificado por el Estado (a través del Instituto de Previsión Social, IPS) para que la persona beneficiaria pueda acceder a las prestaciones de salud”.

Para ello, el pensionado puede acudir con su cédula de identidad a cualquier sede de ChileAtiende a largo del país para consultar al respecto, aunque también está la posibilidad de hacerlo de manera virtual con ClaveÚnica.

¿Cómo eliminar el cobro del 7% en salud?

De acuerdo a los organismos pertinentes, solo personas que reciban Pensión Básica Solidaria de Invalidez, Aporte Previsional Solidario de Vejez, Aporte Previsional Solidario de Invalidez o de la Pensión Garantizada Universal (PGU), podrán recibir el apoyo.

En tanto, aquellos beneficiarios de la PGU deben estar dentro del 80% más vulnerable, en relación con el instrumento de focalización del Sistema de Pensiones.

A su vez, aquellas personas que reciben jubilación por otro método, podrán recibir la bonificación en los siguientes casos:

  • Pertenecer a una AFP, compañía de seguro o ex caja de previsión social
  • Tener pensión de la ley de accidentes del trabajo en cualquier mutualidad de empleadores o en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
  • Tener una pensión asociada a la ley de reparación de exonerados políticos
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al cuarto quintil más vulnerable de la población. Es decir, un Puntaje de Focalización Previsional (PFP) igual o menor a 1.876 puntos, que calcula el IPS.
  • Acreditar haber vivido en Chile al menos 20 años (seguidos o discontinuos). Para ejemplificar, los últimos cuatro años anteriores a la fecha de solicitud deben ser continuos