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Latam en crisis por COVID-19: buscan reducir sueldos en un 50% a trabajadores

latam quiere pagar menos
Rodrigo Saenz | Agencia UNO

Hace ya varios días que se ha anunciado que la pandemia coronavirus COVID-19 ha significado un duro golpe para la industria de aerolíneas.

En este contexto, la aerolínea chileno-brasileña LATAM, la mayor de América Latina, confirmó hace un par de días que reducirá sus operaciones en un 70%, e incluso abogó por ayuda estatal para superar la crisis del coronavirus.

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La medida, que ilustra la dificultad del sector aéreo y el impacto económico de la pandemia en América Latina, está en línea con la adoptada por las principales compañías aéreas del mundo, debido al inédito cierre de fronteras adoptado por diversos países para detener la expansión del coronavirus.

La reducción de Latam alcanza al 90% de vuelos internacionales y un 40% de vuelos domésticos. El jueves pasado había anunciado una reducción del 30% de los vuelos por los próximos dos meses.

Tan dramática es la situación, que este miércoles trascendió una nueva medida que espera implementar la compañía. Si bien en un comienzo se había hablado de una negociación de la empresa con las directivas de los sindicatos, de acuerdo a un documento al que tuvo acceso Página 7, el encuentro habría sido solo de carácter “informativo”.

En este contexto, el documento indica que la empresa desea aplicar “la rebaja temporal del 50% de sueldo por tres meses en primera instancia, no sabiendo si se extenderá más tiempo“.

Esta medida correría desde abril hasta junio, por lo que el sueldo de marzo será íntegro.

Asimismo, se señala que aquellos sueldos brutos menores a 750 mil pesos no se tocarán, debido a que esta cifra se considerará como “piso ético durante estos tres meses“.

Trabajadores no se podrían negar

En el documento también se expresa que la decisión se aplicará por medio de un anexo de contrato “voluntario”, pero que no sería tan así.

Lo anterior porque al parecer el trabajador que no quiera firmar el anexo, podría no recibir su indemnización legal como corresponde. “Según nos dio a entender la empresa, se podría llegar a aplicar el Artículo 159, número 6 del Código del Trabajo, ‘caso fortuito o fuerza mayor’, esto significa sin indemnización de ningún tipo”, se lee.

Por último, el sindicato indicó que están tramitando reuniones con carácter de urgencia para analizar las implicancias que podría tener esta medida en los colaboradores.