La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al médico Patricio Stevens Moya a pagar una indemnización de casi treinta millones de pesos a una paciente por la serie de complicaciones derivadas de una intervención de cirugía de implantes mamarios en el año 2009.
La Tercera Sala del máximo tribunal rechazaron el recurso de casación contra la sentencia que condenó al médico a pagar $ 4.779.070 por daño emergente y $ 25.000.000 a Katherine Gajardo Orellana, por una intervención quirúrgica en el hospital Higueras de Talcahuano.
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La sentencia confirma la responsabilidad contractual del médico al no obtener el resultado convenido en una intervención de carácter estético.
“Se encuentra establecido que la actora y el médico demandado se vincularon por un contrato de prestación de servicios profesionales de cirugía plástica que la primera requirió del segundo. Es decir, se trató de una intervención estética y no terapéutica, cuyo propósito es causar un mejoramiento en la armonía corporal de la paciente o un embellecimiento de su aspecto físico, o a lo más, corregir defectos físicos que no constituyen enfermedad”, señala el fallo.
Finalmente se indica que “en atención al desastroso resultado presentado, el que no se condice con la complejidad y riesgos que la práctica presentaba a priori, era dable presumir la existencia de culpa y la relación causal entre la actuación del médico y el daño sufrido por la paciente, correspondiéndole a este último desvirtuar dicha presunción, carga que claramente no satisfizo”.