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IPS anuncia medidas para beneficiarios de Pensión Garantizada Universal tras error que dejó a adultos mayores sin el pago. Varios pensionados afectados aseguran que nunca han salido del país. IPS decidió mantener los beneficios para quienes cumplan con el requisito de residencia y realizará una revisión conjunta. Se revelará el resultado a través de notificaciones y canales de atención. La institución asegura que ningún beneficiario se quedará sin PGU si cumple con los requisitos legales y aclara que solo un pequeño grupo se vio afectado de los más de 2.2 millones de beneficiarios.

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Luego de que un error dejara sin el pago de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a miles de pensionados, el Instituto de Previsión Social (IPS) se pronunció.

Recordemos que el organismo determinó el término del beneficio al considerar que los afectados habrían permanecido fuera de Chile por más de 180 días en 2025.

Sin embargo, varias familias aseguran que la información es errónea y que muchos de los adultos mayores nunca han salido del país.

En ese escenario, el IPS anunció medidas para enfrentar el grave error.

IPS anuncia medidas tras error que dejó a adultos mayores sin PGU

Mediante un comunicado, el organismo informó que, para aquellas personas que no han incumplido el requisito de residencia, “se ha decidido mantener el pago de estos beneficios”.

Sin embargo, al mismo tiempo, “se lleva a cabo una nueva revisión en conjunto con dichas instituciones“.

El resultado de esta revisión se “informará a través de notificaciones y de los canales de atención del IPS”, explican.

Instituto de Previsión Social hace un llamado a la calma

En la misma misiva, recalcaron que quieren “dar tranquilidad de que ninguna persona se quedará sin PGU, si cumple los requisitos legales”.

La institución también esclareció que se trataría de un universo pequeño de afectados, entre el total de más de 2 millones de personas que poseen el apoyo económico, que se reajusta en febrero.

Recordar que, de acuerdo a la Ley N° 21.419, la normativa exige efectuar una revisión anual de los antecedentes para mantener la PGU.

La norma establece que si una persona permanece fuera del territorio nacional por un lapso superior a 180 días, continuos o discontinuos, se debe extinguir el pago.