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Productora que demandó a Canal 13 perdió juicio por emitir insultos en redes sociales

Canal 13
Canal 13

Cuarto Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda de indemnización de perjuicios presentada por la empresa La Pieza Oscura Producciones Ltda. en contra del Canal 13 por supuesto incumplimiento de contrato de guiones de teleserie.

En el fallo (causa rol 10.558-2015), la magistrada Carolina Palacios Vera rechazó la demanda, tras establecer que fue la parte demandante la que incumplió al denostar al canal de televisión, a través de redes sociales, por cancelar el programa.

“De esta manera, ha resultado acreditado en los presentes autos que en el mes de diciembre de 2014, La Pieza Oscura Producciones Ltda. incumplió la cláusula tercera del contrato, toda vez que las declaraciones efectuadas por el Sr. Marcelo Leonart en las redes sociales Facebook y Twitter, recogidas en artículos de prensa, lesionaron el prestigio de Canal 13, de sus integrantes y equipos, infracción que fue calificada y considerada por éste, como un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, facultando al demandado a ponerle término de manera anticipada, sin derecho a indemnización alguna a favor de la Sociedad demandante”, establece el fallo.

“(…) tal como se manifestó en los considerandos precedentes –continúa–, con fecha 20 de octubre 2014, Canal 13 decidió suspender la realización del proyecto encomendado a la Pieza Oscura, suspendiéndose por consiguiente, las obligaciones de ésta consignadas en la cláusula segunda”, señala el documento.

Luego agrega que “sin embargo, Canal 13 continuaba obligado a realizar el pago de los honorarios mensuales pactados hasta la fecha convenida para el término del contrato, esto es, 31 de mayo de 2015, obligación que cumplió regularmente hasta que con fecha 13 de enero de 2015, la actora incurre en la infracción a la cláusula tercera, al lesionar el prestigio del demandado a través de sus declaraciones efectuadas en diversas redes sociales, las que fueron luego publicadas en otros medios de comunicación masiva, lo que constituye un incumplimiento graves de las obligaciones del contrato, que faculta a Canal 13 a ponerle término anticipado, sin derecho a indemnización alguna a favor de la demandante”.
“En consecuencia, Canal 13 a partir del mes de enero de 2015, no se encontraba obligado a seguir pagando los honorarios mensuales convenidos, debido a que el contrato de prestación de servicios se encontraba terminado, por los motivos antes señalados”, añade.

Por ello, concluye: “(…) en virtud de la prueba rendida y analizada en autos, no es posible establecer que Canal 13 haya incumplido alguna obligación que para ella emanaba del contrato de prestación de servicios, sino que al contrario, ha resultado suficientemente acreditado que el demandado ha cumplido oportuna y diligentemente con lo estipulado en el contrato de autos hasta el día 13 de enero de 2015, fecha en que se puso término anticipado al contrato, debido a que La Pieza Oscura Producciones Ltda. infringió la cláusula tercera, incumplimiento que -tal como se señaló-, facultaba al Canal demandado a dar por terminado el contrato de prestación de servicios, sin derecho a indemnización alguna a favor de la Sociedad demandante”.

Cabe destacar que se trata de la producción La Promesa de Tamara, ficción que nunca fue transmitida por el canal y que se encontraba en carpeta, antes de transmitir El Sultán. En virtud de lo anterior, la productora demandó a Canal 13 por $75 millones más IVA y una multa de 4 mil UF, es decir más de $100 millones, además del pago de las cosas del juicio.